Oferta para Candidaturas Espontáneas (Fase 1)
Una candidatura espontánea es aquella que no responde a una vacante concreta, sino que expresa un interés, por parte de la persona, en formar parte de la empresa a la que se inscribe.
Esta es la primera fase del desarrollo. Puedes encontrar la segunda aquí: Oferta para Candidaturas Espontáneas (Fase 2)
A la hora de crear una oferta nueva, ya es posible marcarla como que se ha creado para recoger candidaturas espontáneas:
Al clicar en esta opción, aparece el siguiente texto:
Una vez se ha creado la oferta para recoger candidaturas espontáneas, esto no se podrá deshacer y no se podrá editar. De la misma forma, si se crea una oferta sin marcar esta opción, luego no se podrá marcar a posteriori.
En cuanto a la configuración del RGPD, se puede editar un texto específico para este tipo de ofertas en el caso de que tengas activado el doble consentimiento, uno para la solicitud y otro para el almacenamiento permanente en la base de datos.
Este texto se corresponde al mensaje que aparece al lado del check que se debe aceptar obligatoriamente para inscribirse en una de estas ofertas:
Si no tienes activado el doble consentimiento, el texto que aparecerá será el mismo que para el resto de ofertas.